Relatora: “toda persona tiene derecho a buscar, recibir y difundir información y opiniones en los términos que estipula el artículo 13 de la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos”.
Raúl Martínez de Radio Universidad de Chile | Mapuexpress
La agresión contra el documentalista Jaime Díaz Lavanchy por parte del alcalde de Ñuñoa, Pedro Sabat, el allanamiento al domicilio del fotógrafo Alejandro Stuart y la detención del comunicador mapuche Richard Curinao, son parte de los hechos que abordó en su informe del 2010 la doctora Catalina Botero, relatora especial sobre libertad de expresión en el capítulo sobre nuestro país.
La agresión contra el documentalista Jaime Díaz Lavanchy por parte del alcalde de Ñuñoa, Pedro Sabat, el allanamiento al domicilio del fotógrafo Alejandro Stuart y la detención del comunicador mapuche Richard Curinao, son parte de los hechos que abordó en su informe del 2010 la doctora Catalina Botero, relatora especial sobre libertad de expresión en el capítulo sobre nuestro país.
En el documento se da cuenta de la consulta hecha por el documentalista al alcalde Sabat el 5 de mayo del año pasado, sobre la falta de cobertura para los damnificados de Ñuñoa, ante lo cual el edil lo agredió verbalmente y fue golpeado por los guardias de la autoridad comunal, además de dañar sus equipos de trabajo.
Sobre la situación de Richard Curinao, el documento expone sobre la detención del comunicador mapuche en su lugar de trabajo y que luego es obligado a ir a su domicilio. En ambos lugares le requisaron los discos duros de sus computadores donde guardaba información que después fue publicada en diversos medios, entre ellos en Werken Kvrruf y en el programa radial Wixage Anai.
Mientras, en el caso de Alejandro Stuart, el informe relata el allanamiento de su casa por funcionarios de la policía el día posterior de haber participado en una marcha de apoyo a los mapuche en Temuco el 13 de mayo del año pasado.
Ante estos hechos, la relatora invocó el principio número dos que señala que “toda persona tiene derecho a buscar, recibir y difundir información y opiniones en los términos que estipula el artículo 13 de la Convención Interamericana sobre Derechos Humanos”. De esta forma, el informe da cuenta de la violación de este concepto básico para la libertad de expresión cometido por autoridades de nuestro país.
Además, el informe se refiere al cierre de tres radios comunitarias en la comuna de Paine en la Región Metropolitana luego de una denuncia hecha por una radio comercial del sector.
El hecho afectó a las radios Tentación, 24 y Felicidad, hasta cuyas dependencias llegaron funcionarios de la Brigada de Delitos contra la Propiedad Intelectual de la Policía de Investigaciones a raíz de un proceso penal contra los integrantes de las emisoras, por lo que confiscaron sus equipos.
Como conclusión, la relatora recordó que “toda restricción impuesta a la libertad de expresión por las normas sobre radiodifusión debe ser proporcionada, en el sentido que no exista una alternativa menos restrictiva del derecho a la libertad de expresión para lograr el fin legítimo”. Y agrega: “el establecimiento de sanciones penales ante casos de violaciones a la legislación sobre radiodifusión no parece ser una restricción necesaria”.
Respecto a los avances, el informe destaca la publicación en el Diario Oficial de la ley que crea los servicios de radiodifusión ciudadana comunitaria, como también la aprobación del proyecto que consagra el principio de neutralidad en la red para los consumidores y usuarios de internet.
Especial mención hace de los “importantes avances alcanzados por el Consejo para la Transparencia en Chile, en materia del derecho de acceso a la información”.
Sin embargo aún en nuestro país falta diversidad informativa y terminar de una vez con la concentración del avisaje del Estado en sólo dos grupos mediáticos, como son Copesa y El Mercurio, situación que claramente afecta la creación de nuevos medios de comunicación con lo que también se perjudica la libertad de expresión en Chile.
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