La Corte Suprema de Justicia de Argentina aprobó por mayoría la aplicación de la reducción de penas conocida como “2×1” en referencia a un delito de lesa humanidad cometido en la dictadura cívico-militar. Este fallo, en el marco del pedido de reconciliación por la Iglesia católica y el negacionismo por parte del gobierno de Mauricio Macri, generó el repudio de múltiples sectores de la sociedad y puso en estado de alerta a los organismos de Derechos Humanos.
Un nuevo fallo de la Corte Suprema (CSJN) generó un profundo retroceso en materia de Derechos Humanos en Argentina. Cabe recordar que hace tan solo unas semanas, este mismo organismo había declarado que los fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos no eran vinculantes ni de cumplimiento obligatorio. Es decir, la CIDH no podía interferir ni cambiar los fallos del máximo órgano judicial argentino.
Un nuevo fallo de la Corte Suprema (CSJN) generó un profundo retroceso en materia de Derechos Humanos en Argentina. Cabe recordar que hace tan solo unas semanas, este mismo organismo había declarado que los fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos no eran vinculantes ni de cumplimiento obligatorio. Es decir, la CIDH no podía interferir ni cambiar los fallos del máximo órgano judicial argentino.
Ahora, la situación relacionada a los DDHH en Argentina es más preocupante aún, ya que en marco del pedido de reconciliación por parte del Episcopado nacional, dictó una sentencia respecto al caso de Luis Muiña que fue beneficiado con el 2×1 en su pena. Muiña es un genocida condenado por fallo firme por un delito de lesa humanidad que forma parte del juicio por la desaparición de trabajadores del Hospital Posadas el 28 de Marzo de 1976, tal como informa el sitio La Primera Piedra.
(Leer nota relacionada: Argentina: organismos de DD.HH. se oponen a la reconciliación propuesta por la Iglesia en relación a la última dictadura)
En Argentina ley 24.390, conocida como el beneficio 2×1, permite computar doble, a partir del segundo año de detención, los días que pasaron sin sentencia firme. Esta ley había sido derogada en el año 2001, y solo estuvo vigente desde 1994 a esa fecha, pero sienta un antecedente y un retroceso en la jurisprudencia argentina para volver a aplicarse a las condenas de lesa humanidad gracias al fallo de los jueces que votaron a favor: Elena Highton de Nolasco, Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti. En esa dirección, dos de ellos fueron los jueces asignados por Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) en los primeros meses de Mauricio Macri en el poder, lo cual agrava aún más la situación.
El beneficio de este fallo podría alcanzar a centenares de represores de la última dictadura cívico militar en Argentina que estuvieron detenidos con prisión preventiva, dado que con este antecedente pueden obtener drásticas reducciones en sus penas e incluso solicitar la libertad. Así, este fallo no solo sienta precedente para los abogados defensores de los genocidas, sino que es uno de los retrocesos más grandes en términos de juicio y castigo a los responsables del genocidio perpetrado en Argentina, país que hasta la fecha era referente en lo que a Memoria, Verdad y Justicia se refiere.
Es por eso que los organismos de Derechos Humanos argentinos, en la conferencia de prensa llevada adelante en la sede de Abuelas de Plaza de Mayo durante la tarde de ayer, “manifestaron un enérgico repudio” a este fallo judicial que provoca un profundo retroceso. “Agotaremos todas las instancias internacionales hasta lograr que este criterio quede abandonado”, manifestó Estela de Carlotto y convocó a todo el pueblo a defender los derechos conquistados: “Lo que no se juzga o se condena, se repite”.
“Hasta el día de hoy, fue indiscutido que esta ley no regía para los crímenes de la dictadura, dado que no estaba vigente durante su comisión ni durante el juzgamiento de estos delitos”, manifestaron en el comunicado elaborado entre los distintos organismos de Derechos Humanos. “Como los mismos jueces Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda argumentaron en su voto en disidencia, la reducción de pena no es aplicable a los crímenes de la dictadura. Estos delitos no concluyen hasta tanto no se sepa el destino de los desaparecidos y de los nietos y nietas apropiados, por lo que no se pueden aplicar leyes previas y no vigentes. Este criterio también es exigido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, a quien la Corte Suprema vuelve a desoír”, sentenciaron.
Así entonces, el panorama en Argentina parece más que desalentador en relación a las condenas de represores y genocidas de la última dictadura cívico militar. El país que por años fue visto como un ejemplo a seguir por todo el mundo, desde la llegada de Macri a dado fuertes pasos hacia atrás en materia de Derechos Humanos.
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