El Consejo de Estado, conforme a lo establecido en la Constitución de la República y en la Ley Nº 72, de 29 de octubre de 1992, “Ley Electoral”, acordó convocar a los electores de la República a elecciones generales para elegir a los delegados a las asambleas municipales y provinciales del Poder Popular y a los diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular.
Las elecciones para elegir por el término de dos años y medio a los delegados a las asambleas municipales del Poder Popular se celebrarán el domingo 21 de octubre de 2012, y en segunda vuelta, el domingo 28 de octubre, en aquellas circunscripciones en que ninguno de los candidatos haya obtenido más del cincuenta por ciento de los votos válidos emitidos.
La fecha en que tendrán lugar las elecciones para elegir, por el término de cinco años, a los delegados a las asambleas provinciales y a los diputados a la Asamblea Nacional del Poder Popular será dispuesta posteriormente.
Esta elecciones se conocera la nueva figura que goberbara a CUBA !
ResponderEliminar