Por Ricardo Ellner / @r_ellner / ricardo.ellner@yahoo.com
Se instala una dictadura; injerencia y control del Ejecutivo en los demás poderes del Estado. Violación sistemática a la Constitución de la República. Poder Judicial se toma atribuciones que no le competen y deroga artículos pétreos. TEGUCIGALPA, HONDURAS. Sumidos en la peor época de violencia que ha vivido Honduras en su historia, en donde 103.9 […]
Se instala una dictadura; injerencia y control del Ejecutivo en los demás poderes del Estado. Violación sistemática a la Constitución de la República. Poder Judicial se toma atribuciones que no le competen y deroga artículos pétreos.
TEGUCIGALPA, HONDURAS. Sumidos en la peor época de violencia que ha vivido Honduras en su historia, en donde 103.9 personas son asesinadas por cada 100 mil según la Organización Mundial de la Salud, hoy ha sido víctima de un nuevo golpe técnico a uno de los poderes de Estado de parte del régimen del Partido Nacional (PN), con funciones administrativas de gobierno tras el Golpe de Estado en 2009 cuando se inició a instalar la dictadura en la que viven los hondureños.
Este proceso para dar el Nuevo Golpe se aceleró desde el pasado 8 de diciembre de 2014, cuando 14 diputados del Partido Nacional (PN), más uno del Partido Unificación Democrática (UD), presentaron en la CSJ un recurso de inconstitucionalidad (Reg. No. 1343-1024) para derogar el segundo párrafo del artículo 239 que refiere sobre la inhabilitación política por diez años por quebrantar la disposición o apoyar la reelección presidencial.
El mismo grupo de nacionalistas expresó en ese mismo recurso la posibilidad por derogar el numeral 5 del artículo 42, que detalla que una persona pierde la calidad de ciudadano hondureño por la promoción del continuismo o la reelección presidencial, así como la eliminación del 330 del Código Penal.
Meses más tarde, en data del 11 de marzo de 2015, el ex Presidente Leonardo Callejas (1990-1994) -monarca del PN y padre del neoliberalismo en Honduras- presentó también un recurso de inconstitucionalidad (Reg. No. 0243-2015) a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) para que se declarara inaplicable todo el contenido del artículo 239 de la Carta Magna.
Todo lo anterior ha transcurrido bajo un esquema de remilitarización de la sociedad como plan estratégico del titular el Poder Ejecutivo en Honduras, Juan Hernández, y con clara coacción ante los demás poderes de Estado, envió a sus diputados del PN a violentar la Constitución de la República en confabulación de los grupos oligárquicos del poder, para respaldar que la CSJ, emitiera un falló para permitir una reelección presidencial, algo que prohíbe contundentemente la Constitución.
Reza la Carta Magna de los hondureños en su artículo 205, que corresponde al CN las atribuciones de crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes, pero en una clara acción de intromisión y usurpación en las funciones de un poder a otro, fue la CSJ quien se tomó la facultad para declarar inaplicables esas normas pétreas.
Según el artículo 313 de la Constitución hondureña, la potestad de Corte Suprema es dirigir el Poder Judicial, por lo tanto no es de su competencia las funciones de dejar en improcedencia artículos petrificados e intocables como el No. 4, 239 y 374, sino que ésta modificación corresponde al poder constituyente que mana del pueblo y que puede ser expresada a través de una consulta popular para convocar a una Asamblea Nacional Constituyente.
No importando la violación a la Constitución de todas y todos los hondureños, el Poder Judicial a través de la Sala de lo Constitucional procedió el 24 de abril a fallar a favor de los recursos presentados, y aprovechó también para aplicar el efecto extensivo de la declaratoria de inconstitucionalidad para declarar la inaplicabilidad (congelar/excluir) mejor dicho que no se apliquen de manera parcial los artículos 4, último párrafo y parte del 374.
Esto se configura en la realidad del pueblo hondureño, como un nuevo Golpe de Estado, en este caso hacia el Legislativo. Con este golpe técnico se ha dejado sin funciones para legislar al CN y lo deja como un espacio meramente administrativo o de trámite pues las reformas constitucionales ahora se pueden hacer con orden del Ejecutivo en el Judicial.
SE INSTALÓ LA DICTADURA
El orquestamiento por empezar a fracturar y controlar al Estado, encontró su punto de partida el 28 de Junio de 2009, cuando el Poder Legislativo y el Poder Judicial conspiraron en contra del Presidente José Manuel Zelaya (Poder Ejecutivo) proporcionándole un Golpe de Estado, que a la fecha continúa permanente y prolongado.
Ahí mismo también se fundamentó el proceso de remilitarización, luego que los militares tomaran un rol preponderante en la participación de ese proceso y quienes a la fecha ya administran instituciones públicas junto a Hernández. Cabe destacar que uno de los programas que ha instalado el oficialismo, es que de la mano de los militares se les dé formación académica y disciplinaria a 25 mil niños y niñas, con la idea que crezca a 100 mil en cuatro años.
Para 2010 en tanto, Porfirio Lobo del PN asumió como titular del Ejecutivo y Juan Hernández como cabeza del Legislativo, el camino a la consolidación de la dictadura se apuntillaba con los cientos de asesinatos diarios a miembros de la resistencia popular, y que el día de hoy han convertido de esta Honduras al país más violente del planeta, dejando como resultado más de 45 mil personas asesinadas desde el 2009 a la fecha.
Teniendo entonces el PN el control de esos dos poderes del Estado y no así del Judicial, el binomio Hernández-Lobo decidió dar un primer Golpe Técnico el 12 de Diciembre de 2012 a la 1:30 AM (madrugada) a ese tercer poder autorizando la destitución de cuatro magistrados (que disentían la forma de gobierno de los nacionalistas) de los cinco en total que conforman la Sala Constitucional de la CSJ.
Una vez más el quebranto de la institucionalidad hondureña se puso de manifiesto y lograron así Lobo y Hernández, imponer a magistrados antes que correspondiera un nuevo periodo, asegurándose que estuviesen a su servicio para continuar el proyecto de la instalación de la dictadura.
Logrando el colapso social, el achicamiento cada vez más del Estado y el acrecentamiento de la violencia en el país, los nacionalistas ya controlaban a su antojo las decisiones en los tres poderes del Estado.
Sin embargo para 2012, el Frente Nacional de Resistencia Popular (FNRP), que mantenía su lucha inclaudicable en las calle materializó su expresión política, el Partido Libertad y Refundación (Libre) para enfrentar al régimen en la siguiente contienda electoral.
Llegado el 2013, ya eran dos los partidos que habían nacido tras el Golpe de Estado, Libre y el Partido AntiCorrupción (PAC). Enfrentaron el proceso, no obstante en un claro fraude electoral denunciado por los cientos de organismos internacionales que vigilaron el proceso, Hernández se proclamó Presidente.
Lo que no calcularon los nacionalistas era el revés que obtuvieron en el Poder Legislativo pues en el período anterior habían logrado 71 diputados, pero para 2014 apenas 48. La correlación de fuerzas cambió, la oposición se configuró con 37 congresistas de Libre; 27 del Partido Liberal y el Pac 13, de los 128 en total que conforman la cámara. La oposición es mayoritaria.
Pero con el Judicial alineado a las pretensiones del Ejecutivo y con una pequeña porción de diputados que controlan la junta directiva de la actual cámara de representantes, -disciplinados bajo los preceptos del autoritarismo y la manipulación mediática-, emprendieron el camino para resquebrantar la institucionalidad, que hoy ya dejó de existir en Honduras.
LOS ARTÍCULOS
La CSJ falló a favor de los nacionalistas. Tomó atribuciones del Legislativo y usurpó poderes; a la vista un claro Golpe Técnico a ese Poder que posee amplia mayoría en oposición. Los magistrados arbitrariamente decidieron hacer ley la inoperancia de los artículos 4, 42, 239 y 374. Tres de esas normas constitucionales son llamados artículos pétreos.
Lo que los nacionalistas pidieron derogar fue el segundo párrafo del 239, mientras tanto Callejas, quien trajo en neoliberalismo a Honduras, pidió eliminar la totalidad de ese mismo artículo. Claro está, que antes que la Corte fallara, ya los 16 políticos habían violentado la norma, pero nunca se aplicó la punibilidad que se indicaba.
El artículo pétreo e irreformable por ningún poder de Estado, según la Constitución y que hoy dejó de existir, reza que “El ciudadano que haya desempeñado la titularidad del Poder Ejecutivo no podrá ser Presidente o Designado. (Inicia segundo párrafo) El que quebrante esta disposición o proponga su reforma así como aquellos que lo apoyen directa o indirectamente, cesarán de inmediato en el desempeño de sus respectivos cargos, y quedarán inhabilitados por (10) años para el ejercicio de toda función pública”.
Otra de las peticiones de los diputados fue dejar sin función el numeral cinco del constitucional artículo 42. El propósito fue correspondido por la Sala que ahora responde a los intereses no del pueblo, sino del Ejecutivo, y quienes en su usurpación de las tareas del Legislativo dejaron sin funciones la solicitud de los nacionalistas.
Ese artículo que según la misma constitución derogar o inaplicar cualquiera de sus partes es “Traición a la Patria”, dice textualmente que “La calidad de ciudadano se pierde: 1) Por prestar servicios en tiempo de guerra a enemigos de Honduras o de sus aliados; 2) Por prestar ayuda en contra del Estado de Honduras, a un extranjero o a un gobierno extranjero en cualquier reclamación diplomática o ante un tribunal internacional; 3) Por desempeñar en el país, sin licencia del Congreso Nacional, empleo de la nación extranjera, del ramo militar o de carácter político; 4) Por coactar la libertad del sufragio, adulterar documentos electorales o emplear medios fraudulentos para burlar la voluntad popular; 5)Por incitar, promover o apoyar el continuismo o la reelección del Presidente de la República; y, 6) Por residir los hondureños naturalizados, por más de dos años consecutivos, en el extranjero sin previa autorización del Poder Ejecutivo”.
Esa misma Sala de lo Constitucional, en una amplia y clara violación a la Constitución de la República, prosiguió tomándose atribuciones del CN para dejar inaplicables el último párrafo del artículo 4 (pétreo), que literalmente reza: “La forma de gobierno es republicana, democrática y representativa. Se ejerce por tres poderes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial, complementarios e independientes y sin relación de subordinación. (Inicia último párrafo) La alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República es obligatoria. La infracción de esta norma constituye delito de traición a la patria”.
Acto seguido, argumentando la Sala atribuciones extensiva, congeló la mitad del 374 (también pétreo) que dice en su textual “No podrán reformarse, en ningún caso, el artículo anterior, el presente artículo, los artículos constitucionales que refieren a la forma de gobierno, al territorio nacional, al período presidencial, a la prohibición para ser nuevamente Presidente de la República, en ciudadano que lo haya desempeñado bajo cualquier título y el referente a quienes no pueden ser Presidentes de la República por el período subsiguiente”.
Cabe destacar que cada uno de los artículos antes descriptos ya no tiene validez en su aplicación según el fallo de la Sala Constitucional de la CSJ que salió publicada en el Diario Oficial La Gaceta. Es decir, queda puesto de manifiesto la nulidad en la independencia de los poderes de Estado.
Asimismo, deja una vez más expuesta la interferencia del Judicial en los asuntos del Legislativo, es decir, ahora para hacer una reforma constitucional – la cual es atribución del CN- ya no será necesario instar a ese poder, pues se puede lograr desde otro poder que no tenga competencia en crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes de Honduras.
Ante la inconstitucionalidad de los hechos acaecidos el pasado 24 de abril en el país, el silencio de los medios masivos de comunicación, el reclamo popular por la ilegalidad del acto y la ferviente disidencia política ante el oficialismo, está claro que en Honduras ha ocurrido un Nuevo Golpe de Estado para afianzar la dictadura de Hernández que cada vez está más preservada por el oscurantismo de las Fuerzas Armadas y venia de Washington.
Es así que al país caribeño no queda más que enfrentarse a la dictadura y esperar la solidaridad de los hermanos pueblos del mundo para sa
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